Nuevas
normativas para embarcaciones
(Carlos Riu / 25-03-08) Dado que muchos de nosotros tenemos
embarcaciones, más o menos grandes, para la práctica del
buceo, queremos informaros de la entrada en vigor de la nueva normativa
para las embarcaciones de recreo.
El nuevo Real decreto 544/2007 indica la obligatoriedad por la cual todas
las embarcaciones matriculadas en lista 7a han de estar en posesión
del Certificado de Registro Español / Permiso de Navegación.
La entrada en vigor del Real decreto 544/2007 comportará cambios
en la documentación que se genera de los expedientes de las embarcaciones
matriculadas en lista 7a.
En el articulo 2do, letra M, indica la obligatoriedad por la cual todas
las embarcaciones de recreo de entre 2,50 metros y 24 metros de eslora
total sin tripulación profesional, estén en posesión,
como documento imprescindible para la navegación reglamentaria,
del Certificado de Registro Español / Permiso de Navegación
que tendrá una validez de 5 años.
En referencia a la emisión del nuevo Certificado de Registro Español
/ Permiso de Navegación, os informamos que este documento substituye
el Rol o Licencia de Navegación que actualmente ha de tener cualquier
embarcación matriculada en la lista 7a.
Para solicitar este nuevo permiso será necesario presentar la
documentación siguiente: Fotocopia compulsada DNI. Fotocopia Hoja
de Asiento de la embarcación. Licencia Original ó Rol de
Navegación.
Una vez presentada esta documentación, la Capitanía Marítima
emitirá el Certificado de Registro Español que tendrá una
validez de 5 años (cuando llegue la fecha de vencimiento del documento,
habremos de solicitar la renovación) y nos retornaran la licencia
debidamente anulada.
Además, también os informamos que des de ahora todas las
Capitanías Marítimas emitirán este documento en
substitución, también, de la Hoja de asiento, por la cual
cosa las personas que quieran saber las características técnicas ó el
historial de la embarcación en un momento dado habrán de
solicitarla a parte.
Para más información
os adjuntamos el real decreto en formato pdf.

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